martes 03 octubre, 2023
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Ley de Etiquetado Frontal: piden acceso a la información de las empresas que prorrogaron su adecuación

A un año de la aprobación de la norma, el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires reclamó la “aplicación integral” de esta legislación.

A un año de la aprobación de la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos, el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires reclamó la “aplicación integral” de la nueva legislación y, en especial, pidió acceso a la información de las empresas que prorrogaron su adecuación.

En este sentido, la licenciada en Nutrición Erica Bianquet, quien también integra una de las comisiones del Colegio, advirtió que la implementación del etiquetado frontal se encuentra en una “zona gris” ya que algunas empresas pidieron un aplazamiento para la adecuación, que les fue concedida, pero se desconoce cuántas y cuáles empresas fueron beneficiadas.

“Se han presentado dos pedidos de acceso a la información y en ambos casos respondieron que esa información es confidencial. Así, la sociedad no sabe si los productos alimenticios no deben llevar los octógonos negros, o están alcanzados por la prórroga o, directamente, están incumpliendo la ley”, señaló la nutricionista.

Desde el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires se viene reclamando la aplicación integral de la ley, destacando no solo la importancia del rol del Estado en la implementación de la norma sino también “el rol de profesional de los nutricionistas en su seguimiento”.

Cabe recordar que la nueva legislación establece que los alimentos y bebidas envasados en ausencia del cliente y comercializados en Argentina, cuya composición final de nutrientes críticos y valores energéticos excedan los valores establecidos en la norma, como por ejemplo azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales, calorías, deben incluir en la cara principal un sello de advertencia indeleble por cada nutriente crítico en exceso. En estos casos, entonces, en los sellos deberá figurar “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”, etcétera, según corresponda.

Es importante mencionar que las grandes empresas dispusieron de un plazo, fijado hasta el 20 de julio pasado, para solicitar una prórroga para incluir los sellos en sus productos. Esta prórroga, en caso de ser concedida por la ANMAT, otorga una extensión del plazo para implementar los sellos hasta el 16 de febrero de 2023.

Las PyMEs por su parte tienen tiempo de pedir una prórroga hasta el 20 de enero de 2023. Un mes después, quienes no hayan pedido o recibido esa prórroga tienen que comenzar a elaborar los sellos correspondientes de los productos de la primera etapa, y el 20 de noviembre deberán incorporar los de la segunda etapa (con los topes menores).

En relación a la aplicación efectiva de la norma, el Colegio evaluó: “Hace dos meses que, aunque modestamente, se pueden encontrar en algunos productos alimenticios envasados el etiquetado frontal de sellos octogonales negros que advierten el exceso en grasas, azúcares, sodio y calorías, cuyos valores máximos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS)”.

En esa línea Bianquet recordó: “Es una ley (que implica) no solo el acceso a la salud, sino también el acceso a la información. Es una ley que busca la ampliación de derechos. La búsqueda de la información no recae de esta manera en la responsabilidad individual de las personas, sino que ahora forma parte del rol del Estado, a través de una política pública”.