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Emergencia en Discapacidad: la Justicia intimó al Gobierno a aplicar la ley antes del 4 de febrero

En plena feria judicial, el Juzgado Federal de Campana, a cargo del juez Adrián González Charvay, avanzó con una nueva resolución. Esta vez, con plazos concretos y bajo apercibimiento de sanciones.

Hace poco más de un mes, el Juzgado Federal de Campana, a cargo del juez Adrián González Charvay, ordenó la inmediata aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada por el Congreso Nacional y suspendida por un decreto del Presidente Javier Milei. Sin embargo, como era de esperar, el Gobierno desoyó la petición. Ahora, en plena feria judicial, el magistrado intimó al Poder Ejecutivo a cumplir con la normativa sancionada dentro de las próximas dos semanas. Es decir, el 4 de febrero, la ley debe estar surtiendo efecto.

En la misma resolución, González Charvay ordenó al Ministerio de Salud y a la Agencia Nacional de Discapacidad que, en un plazo de cinco días, “informen y acrediten con la documentación correspondiente el avance de los trámites destinados al cumplimiento de la sentencia”, advirtiendo que el incumplimiento podría derivar en sanciones económicas.

La decisión judicial se fundamenta en los tiempos establecidos por la propia ley, que fijó un plazo de 30 días hábiles para su reglamentación. El cómputo se realizó a partir del 18 de diciembre de 2025, fecha en la que el juez concedió la apelación presentada por el Estado nacional, aunque dejó en claro que la sentencia debía cumplirse mientras se tramita la revisión en instancias superiores.

El argumento del Gobierno para no aplicar la ley

Lo cierto es que si bien el Poder Ejecutivo promulgó formalmente la ley, mediante el decreto 681/2025 dejó sin efecto su aplicación. El argumento central del Gobierno es la falta de recursos presupuestarios, al considerar que la norma atentaba contra el equilibrio fiscal que promueve la gestión de La Libertad Avanza.

En los considerandos del decreto, el Ejecutivo invocaba el artículo 38 de la Ley N°24.156 de Administración Financiera, que establece que toda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general debe especificar la fuente de financiamiento correspondiente. Sin embargo, la Justicia volvió a remarcar la obligatoriedad de cumplir con la normativa vigente mientras se dirimen las instancias judiciales.

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